Limitador de velocidad en autobús: nuevas normas 1 octubre 2026
Limitador de velocidad en autobús: nuevas normas 1 octubre 2026
El 1 de octubre de 2026 entró en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación. Para las empresas de transporte hay dos cambios que tocan el día a día: el límite de 80 km/h para ciertos autobuses en cualquier tipo de vía fuera de poblado, y el fin de varias exenciones del cinturón de seguridad para conductores profesionales.
Hemos leído el texto del BOE para separar lo que dice la norma de lo que cuentan los titulares.
Qué es el Real Decreto 518/2026
Es el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el BOE el 26 de junio de 2026. Modifica el Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) en materia de protección de usuarios vulnerables de la vía. Su disposición final fija la entrada en vigor el 1 de octubre de 2026.
La mayor parte del texto habla de ciclistas, peatones y movilidad urbana. Pero incluye cambios que afectan de lleno a flotas profesionales.
Autobuses a 80 km/h fuera de poblado
El artículo 48.1 b) queda redactado así: “En el supuesto de que en un autobús viajen pasajeros de pie porque así esté autorizado o en caso de que el autobús no esté dotado de cinturón de seguridad, la velocidad máxima, cualquiera que sea el tipo de vía fuera de poblado, será de 80 kilómetros por hora.”
La exposición de motivos explica el cambio: la regulación anterior, introducida por el Real Decreto 1514/2018, fijaba esos 80 km/h solo en vías convencionales fuera de poblado. La reforma corrige ese límite para que se refiera a todo tipo de vía fuera de poblado, incluidas autopistas y autovías.
En la práctica, un autobús con viajeros de pie autorizados, o sin cinturones, ya no puede circular a 90 o 100 km/h por una autovía.
El mismo apartado recoge que, para los vehículos de transporte escolar y de menores o de mercancías peligrosas, la velocidad máxima se reduce en 10 km/h respecto a la fijada para su tipo de vehículo y de vía.
Cinturón de seguridad: adiós a varias exenciones
El real decreto revisa las exenciones del uso del cinturón y mantiene solo las que considera estrictamente necesarias y justificadas. En el artículo 119 se reescribe el apartado 2 y se suprime el apartado 3.
Según la prensa especializada (Autofácil, 21 de septiembre de 2026), pierden la exención, entre otros, los distribuidores de mercancías en tareas de carga y descarga, y los profesores de autoescuela durante las clases prácticas. La infracción supone una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos. Se mantiene la exención para los pasajeros de ambulancias asistenciales que ocupan el habitáculo del paciente en servicio de urgencia, según el texto del BOE.
Si tu flota hace reparto urbano con furgonetas, ese cambio te afecta desde hace unos días.
Adelantar ciclistas: 20 km/h por debajo del límite
Fuera de poblado, el conductor que adelanta a un ciclista debe reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución, dejando una separación lateral mínima de 1,5 metros. En vías con más de un carril por sentido, el cambio de carril debe ser completo. Para quien conduce una furgoneta o un camión, cada adelantamiento a un ciclista pide una reducción real de velocidad.
Qué deben cambiar las empresas
- Revisa qué autobuses llevan viajeros de pie o no tienen cinturones. Esos son los que quedan a 80 km/h en todas las vías fuera de poblado.
- Actualiza las instrucciones a los conductores. Cinturón puesto en todo momento, también en el reparto.
- Revisa los horarios. Si una ruta se planificaba con velocidades medias de autovía de 90 km/h para un autobús afectado, los tiempos cambian.
- Forma al personal sobre el adelantamiento a ciclistas, con la reducción de 20 km/h y el metro y medio de separación.
- Decide cómo vas a garantizar el 80 km/h. Pedirlo al conductor funciona hasta que hay prisa.
Cómo ayuda un limitador de velocidad
Un limitador de velocidad ajustado a 80 km/h hace que el autobús no pase de ahí, sea cual sea el pie del conductor. Es una forma sencilla de mantener la flota dentro del nuevo límite sin depender de la atención en cada tramo, y de proteger al conductor frente a la sanción.
- El limitador DBW actúa sobre la señal del acelerador electrónico (drive-by-wire) y se instala en unas 1.5 horas.
- Para autobuses diésel con control mecánico, el System 80 actúa sobre la línea de combustible y se instala en unos 60 minutos.
- TrackSpeed suma rastreo GNSS de ScorpionTrack al limitador.
Nuestro artículo sobre limitadores de velocidad para autobuses y autocares detalla cómo elegir la velocidad y el equipo según el vehículo.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se aplica el Real Decreto 518/2026?
Desde el 1 de octubre de 2026, según su disposición final. Se publicó en el BOE el 26 de junio de 2026.
¿Qué autobuses quedan limitados a 80 km/h?
Los que llevan viajeros de pie por estar autorizado y los que no tienen cinturones de seguridad, en cualquier tipo de vía fuera de poblado.
¿Qué conductores profesionales pierden la exención del cinturón?
Según Autofácil (21 de septiembre de 2026), los repartidores en tareas de carga y descarga y los profesores de autoescuela, entre otros. La infracción cuesta 200 euros y 4 puntos.
¿Un limitador de velocidad ayuda a cumplir los 80 km/h?
Sí. Con el limitador fijado a 80 km/h, el autobús no supera ese valor, aunque el conductor pise a fondo.
¿Cuánto tarda la instalación?
El DBW se instala en unas 1.5 horas y el System 80 en unos 60 minutos.
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